Contrato de compraventa de inmueble: lo que debes saber
Una de las preguntas habituales que recibimos en nuestra consultoría es qué hay que conocer si se quiere comprar cualquier inmueble, como en los casos de compraventa de vivienda, compraventa de solar o compraventa de local comercial. En este artículo vamos a explicar qué hay que saber antes de firmar el contrato de arras y qué hay que saber para firmar una escritura de compraventa en notaría.
En Consultoría Legal Cases somos especializados en resolver satisfactoriamente contratos como la compraventa y la hipotecas.
El contrato de arras y la escritura de compraventa de inmueble.
- A) ¿Qué hay que saber antes de firmar el contrato de arras en una compraventa?
El contrato de arras es el contrato que se firma entre quien quiere vender un inmueble y quien lo va a comprar obligándose a firmar compraventa definitivamente en notaría.
Lo más normal es firmar contrato de arras de forma privada antes de ir a la notaría. Es frecuente que el asesor inmobiliario redacte el contrato de arras. Aunque se puede establecer otro importe, lo habitual es que el comprador entregue un 10 por ciento del importe del precio acordado.
Tras firmar el contrato de arras, si el comprador al final no compra perderá las arras entregadas. Por su parte, si es el vendedor quien no vende deberá devolver las arras duplicadas, lo que quiere decir que el que no vende debe devolver la cantidad recibida en arras y otra cantidad igual.
Los compradores deben conocer cuatro datos antes de firmar contrato de arras:
- Antes de firmar arras, el comprador debe examinar una nota simple actualizada del inmueble que va a comprar. La nota simple es un documento que expide el Registro de la Propiedad. Lo importante es que en la nota no haya cargas, lo que quiere decir que es un inmueble sin problemas jurídicos para la venta.
- En el contrato de arras debe fijarse la fecha máxima de firma de la compraventa en notaría. Así, el comprador no tiene sorpresas en cuanto a la fecha de firma de la compra y puede organizarse para pedir la hipoteca o preparar la mudanza.
- Si el comprador va a pedir hipoteca: es recomendable que se ponga en el contrato una cláusula que diga que si el comprador no puede firmar la compraventa en notaría por no haber obtenido la hipoteca del banco no pierde las arras.
- Aunque la nota simple del Registro da seguridad jurídica, es recomendable que en el contrato de arras se establezca que el inmueble que se vende cumple todos los requisitos exigidos por la ley y la normativa vigente.
- B) Nuestro asesor jurídico asesora en todo momento a ambas partes , vendedor y comprador, durante la compraventa
Una vez que ya he firmado contrato de arras, ¿qué debo conocer como comprador o vendedor sobre la firma de una compraventa en la notaría?
Desde nuestra asesoría verificamos que el inmueble que se vende está en regla legalmente y que cumple todos los requisitos que exige la legislación vigente. La mayoría de las funciones de la notaría en una compraventa buscan proteger al comprador y evitar problemas futuros para todos. Por eso, en España la ley concede el derecho de elegir Notario siempre al comprador. En CONSULTORÍA LEGAL CASES estaremos encantados de asistiros en la Notaría, y podemos tramitar compraventas en que la firma se haga en cualquier Notaría.
En la notaría nos encargamos de realizar multitud de actuaciones para proteger al comprador que ha realizado un contrato de compraventa con arras. Algunos de los documentos que obtenemos y revisamos en la notaría para ver que todo está correcto son los siguientes:
- Nota simple continuada del Registro e información catastral: con estos documentos se revisa la situación jurídica y física del inmueble que se vende.
- Información del Registro Público Concursal: permite conocer si el vendedor está en concurso de acreedores o insolvencia y avisar al comprador en tal caso.
- Certificación energética: es el documento que expresa la calificación energética del inmueble.
- En el caso de compraventas de viviendas se comprueba que estén el certificado de estar al corriente de deudas con la comunidad de propietarios y la cédula de habitabilidad, en su caso. Además, en ciertas zonas para vender puede ser necesario alguna autorización administrativa de la Comunidad Autónoma, por ejemplo, en las zonas de alta demanda poblacional.
Además, en el caso de que el comprador pida una hipoteca, la notaría elegida redacta la escritura de préstamo hipotecario y explicamos todos los detalles de la hipoteca.
- C) ¿Cuál es la función de la asesoría jurídica tras la firma del contrato de compraventa de inmueble?
Una vez firmada la escritura de compraventa, la notaría elegida tiene que hacer varias funciones importantes para los compradores. Así, la notaría se encargará de presentar la escritura de compraventa en el Registro de la Propiedad, para que pueda inscribirse la propiedad a nombre del comprador.
También, la notaría debe realizar las alteraciones en el Catastro para que figure el comprador como propietario, lo que permite que el comprador reciba el siguiente año el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles). Para terminar, la notaría debe dar las copias de las escrituras de compraventa firmada.
Quiero comprar una vivienda u otro inmueble: ¿Que tengo que pagar?
En conclusión, hay multitud de trámites importantes que realizar en una compraventa. Por eso, es importante estar informado y elegir un asesor especializado. El comprador deberá hacerse cargo de los gastos de Notaría, según haya pactado con el vendedor, de la liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o del IVA, según los casos, y de la inscripción en el Registro de la Propiedad.
En CONSULTORÍA LEGAL CASES nos encargamos de toda la gestión documental, tanto antes como después de la firma de la escritura de la compraventa, hasta su total inscripción en el Registro de la Propiedad, para que usted no tenga que preocuparse nada más que de disfrutar y decorar su nueva vivienda.
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